Unión de Centro Democrático (UCD) se incorporó al acuerdo general con su propio proyecto de fecha 3 de octubre (…).
Y por no dejar suelto ningún cabo (…) especificaba, como punto 4º de su propuesta, que también quedaría extinguida cualquier responsabilidad penal en que pudieran haber incurrido las autoridades, funcionarios y agentes del orden público, con motivo u ocasión de la investigación y persecución de los delitos que quedaban amnistiados (…).
Este fue el trámite parlamentario de la Proposición de Ley de Amnistía presentada conjuntamente el 7 de octubre de 1977 en el Congreso, sin exposición de motivos alguna, por los grupos parlamentarios de UCD, Socialistas del Congreso, Comunista, Minorías Catalana y Vasca, Mixto y Socialistas de Catalunya, o sea, todos, excepto Alianza Popular (AP). Debatida el día 14 y promulgada el 15 de octubre de 1977, y destinada en su origen a los presos de ETA procesados o condenados por delitos contra la integridad física o la vida de las personas, alcanzó también a los funcionarios que hubieran cometido faltas o delitos con motivo u ocasión de la investigación y persecución de los actos incluidos en la ley y, más en general, contra el ejercicio de los derechos de las personas. Ésa fue la forma jurídica de entender la «amnistía de todos para todos» reclamada por las minorías catalana y vasca y por la política de reconciliación nacional que desde hacía más de veinte años había adoptado el Partido Comunista, con su explícita reivindicación de la amnistía para «ambos bandos», como decía la resolución del Congreso de Praga, o «para todos los de un lado y los del otro», una amnistía que hiciera «cruz y raya sobre la Guerra Civil de una vez para siempre», como dijo Santiago Carrillo en un mitin celebrado en Madrid pocos días antes de la promulgación de la ley. Finalmente, la Ley 46/1977, de Amnistía para delitos de intencionalidad política, de 15 de octubre, fue aprobada por 296 votos afirmativos, dos negativos, 18 abstenciones y uno nulo (…).